martes, 30 de julio de 2013

La "póliza Mato"



Han sido publicadas en el BOE los requisitos del convenio de prestación sanitaria a personas que no tengan la condición de asegurados del SNS, regulados en el RD1192/2012 (derivado del  famoso RDL16/2012). Aquellos inmigrantes irregulares, que por su situación “irregular” no podían entrar en el SNS, y que para sectores del mismo partido político que lo aprueba merecen incluso ser expulsados, ¡ya pueden entrar en el sistema contratando un seguro con el estado! (nótese el tono... no es irónico ni satírico, es de pena en realidad)

No voy a entrar en las dudas que había sobre el RDL16/2012, ya que lo ha denunciado mucha más gente, que como Médicos del Mundo registran las incidencias en la atención a estos colectivos.

Tras una primera lectura me entran bastantes dudas, que supongo que una memoria explicativa del RD podrían resolver (aunque otras no):

  •  En el artículo 2 se marca que el convenio permite a las personas que lo contraten un acceso a la cartera común básica de servicios (en el artículo x de la Ley 16/2003). ¿Cómo entrarán a la prestación farmacéutica? Ante la duda asumiremos que pagarán el precio del medicamento al completo, ya que forman parte de la cartera de servicios complementaria.

  • La cartera común básica de servicios puede ser ampliada por cada CCAA. Las desigualdades territoriales en la implantación del RDL 16/2012 son más que evidentes; habiendo Comunidades en las que se consigue sin apenas incidencia continuar con la asistencia como antes, y comunidades con incidencias de facturación a embarazadas y niños. ¿Puede que las variaciones en la cartera básica por CCAA (ya existentes, por otra parte) aumenten las desigualdades en el acceso a la salud?

  • En los últimos meses algunas CCAA están creando sistemas alternativos y diversas formas para poder atender a los residentes en España que quedaron fuera del aseguramiento. El convenio especial, aunque ya estaba regulada su creación en el RD 1192/2012, ¿supone una casualidad en este momento? Algunas Comunidades en las que gobierna el PP, o el PP es un aliado para sacar presupuestos, ya se están creando estos sistemas, y la regulación del convenio especial puede formar parte de las presiones para no instaurar estos sistemas alternativos




  • ¿En qué se basa la cuota mensual? Estas medidas son difíciles de entender cuando no van acompañadas de una memoria y transparencia para saber qué criterios se usan para crear un aseguramiento.



No me gusta el estar ante cualquier medida con los dientes y las uñas saliendo, pero las medidas de los últimos años (no sólo en Sanidad)  hacen que tengamos que estar con la lupa ante cualquier cosa.

En cualquier caso, este RD tenía que salir por disposición de otro anterior, pero no tiene ninguna intención de solucionar los problemas de atención que están ocurriendo día a día desde el 1 de septiembre de 2012. 

Seguramente los problemas de salud en el colectivo excluido sean en el sector con menos recursos, aquellos que tendrán más dificultades de encontrar un seguro (¿otro ejemplo de la Ley de cuidados inversos?).

Aquí está el RD:

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